Los nacionales del Reino de España, titulares de pasaporte de servicio español, válido y en vigor, podrán entrar sin visado, por motivos oficiales o privados, en el territorio del Reino de Marruecos para estancias de un máximo de 90 días (tres meses) en un período de 180 días (seis meses), siempre que no ejerzan una actividad remunerada durante su estancia.

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